Impuesto al dólar: gastos anteriores a la ley no pagarán el 30%

El Gobierno permitió que se modifique un aspecto de la ley por lo que los consumos en dólares realizados antes de la sanción de la misma no van a estar afectados por el impuesto del 30 por ciento.

En un principio, el artículo N° 40 establecía que «el impuesto será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley. Su aplicación, recaudación y ejecución judicial, estará cargo de la AFIP».

De esta forma, la oposción logró un cambio sustancial en la ‘Ley de solidaridad y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública’ que será tratada mañana en la Cámara de Diputados.

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